1. Definición de SA
Sociedad mercantil y capitalista adecuada para empresas grandes que necesitan mucho capital. El capital mínimo es de 60.000€ y está dividido en partes iguales, llamadas acciones. La responsabilidad está limitada al capital aportado y tributa por el IS.
2. Características
Número mínimo de socios
Uno ó más socios, ya sean personas físicas o jurídicas. Si sólo hay un socio: “sociedad anónima unipersonal”
Capital mínimo de constitución
60.000 euros, totalmente suscrito y desembolsado en, al menos, un 25%. La parte no desembolsada se denomina dividendos pasivos. El capital se encuentra dividido en acciones que pueden ser nominativas o al portador.
Responsabilidad de los socios
Limitada al capital aportado.
Constitución
Escritura pública ante notario y posterior inscripción en el Registro Mercantil en el plazo de dos meses.
Puede ser de forma simultánea (se desembolsa todo en el momento de constitución) o de forma sucesiva (se va desembolsando progresivamente).
Razón social
Nombre seguido de S.A. o Sociedad Anónima.
Transmisión
Cualquier socio puede vender sus acciones libremente.
Fiscalidad
Tributa por el Impuesto de Sociedades
Financiación
Las SA pueden emitir empréstitos y cotizar en bolsa.
3. Órganos de Gobierno
Junta General
Reunión de los socios donde se decide por mayoría las cuestiones más importantes de la sociedad. Existen 2 tipos de Juntas:
Administradores
Órgano encargado de la gestión y representación de la SA. Sus miembros son elegidos por la Junta General y puede adoptar varias formas: un administrador o un consejo de administración. No tienen por qué ser socios de la empresa.
4. Derechos de los accionistas
5. Ventajas
Sociedad mercantil y capitalista adecuada para empresas grandes que necesitan mucho capital. El capital mínimo es de 60.000€ y está dividido en partes iguales, llamadas acciones. La responsabilidad está limitada al capital aportado y tributa por el IS.
2. Características
Número mínimo de socios
Uno ó más socios, ya sean personas físicas o jurídicas. Si sólo hay un socio: “sociedad anónima unipersonal”
Capital mínimo de constitución
60.000 euros, totalmente suscrito y desembolsado en, al menos, un 25%. La parte no desembolsada se denomina dividendos pasivos. El capital se encuentra dividido en acciones que pueden ser nominativas o al portador.
Responsabilidad de los socios
Limitada al capital aportado.
Constitución
Escritura pública ante notario y posterior inscripción en el Registro Mercantil en el plazo de dos meses.
Puede ser de forma simultánea (se desembolsa todo en el momento de constitución) o de forma sucesiva (se va desembolsando progresivamente).
Razón social
Nombre seguido de S.A. o Sociedad Anónima.
Transmisión
Cualquier socio puede vender sus acciones libremente.
Fiscalidad
Tributa por el Impuesto de Sociedades
Financiación
Las SA pueden emitir empréstitos y cotizar en bolsa.
3. Órganos de Gobierno
Junta General
Reunión de los socios donde se decide por mayoría las cuestiones más importantes de la sociedad. Existen 2 tipos de Juntas:
- Ordinaria: se reúne dentro de los 6 primeros meses de cada ejercicio y sus funciones serán censurar la gestión social, aprobar las cuentas del ejercicio anterior, decidir la aplicación de resultados.
- Extraordinaria: se convoca por los administradores para tratar algún tema de importancia para la sociedad.
Administradores
Órgano encargado de la gestión y representación de la SA. Sus miembros son elegidos por la Junta General y puede adoptar varias formas: un administrador o un consejo de administración. No tienen por qué ser socios de la empresa.
4. Derechos de los accionistas
- Participar en el reparto de beneficios (dividendos activos) o en la liquidación.
- Derecho preferente de suscripción de acciones nuevas en ampliación del capital.
- Derecho a asistencia y voto en la junta general de accionistas. El número de votos es proporcional al número de acciones. Puede requerirse un % mínimo de acciones (los socios minoritarios pueden agruparse para alcanzar mínimo)
- Información sobre los asuntos a tratar en la Junta para poder emitir el voto.
5. Ventajas
- Responsabilidad limitada.
- Transmisión libre. El accionista puede vender sus acciones con libertad
- Gran capacidad para obtener financiación. El hecho de que el capital esté dividido en pequeñas aportaciones atrae a pequeños inversores.
- Separación entre la propiedad y la gestión, lo que posibilita la contratación de directivos profesionales y facilita la continuidad de la empresa.
- Capital mínimo elevado: 60.000€.
- Trámites más complejos
- Organización más compleja y, mínimo, una Junta Accionistas al año.
Vídeo. Sociedad anónima
Fuente
Apuntes propios
www.econosublime.com
Apuntes propios
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