Vas a crear una empresa y lo primero que te piden es una forma jurídica. Empiezas a buscar lo que significa y ves que hay un montón de tipos diferentes: autónomos, sociedades limitadas, sociedades anónimas, sociedades laborales, cooperativas, sociedades colectivas, etc. En este apartado, encontraremos todo lo necesario para elegir la forma jurídica más adecuada para nuestro negocio.
A. ¿Cómo elegir la forma jurídica? Los factores a tener en cuenta
1. Personalidad física o jurídica
Personalidad física: autónomo
2. Número mínimo de socios
Puede ser 1, 2, 3…
3. Capital mínimo inicial
Puede ser 0, 3.000 ó 60.000 €.
4. Responsabilidad de los socios ante deudas
Imagina que has aportado 150.000€ para montar un negocio. El negocio empieza a ir mal, tienes una deuda de 200.000€ y tienes que cerrar. Si la responsabilidad es limitada respondes únicamente con los 150.000€ que aportaste mientras que si la responsabilidad es ilimitada responde con los 150.000€ y con todo tu patrimonio presente y futuro.
5. Venta de una parte de la empresa
La venta puede ser libre (a cualquiera) o restringida (requiere consentimiento de los otros socios).
6. Impuestos
La empresa puede pagar por el Impuesto de sociedades o el IRPF.
7. Constitución
Los trámites, la organización y el coste varían según la forma jurídica.
B. Características de las principales formas jurídicas
1. AUTÓNOMOS
2. SOCIEDAD LIMITADA (SL)
3. SOCIEDAD ANÓNIMA (SA)
4. SOCIEDAD LABORAL (SAL/SLL)
5. SOCIEDAD COOPERATIVA (S. Coop.)
A. ¿Cómo elegir la forma jurídica? Los factores a tener en cuenta
1. Personalidad física o jurídica
Personalidad física: autónomo
- La empresa y persona SON LO MISMO. Los derechos y obligaciones de la empresa coinciden con los de la persona.
- Si Manolo monta un bar a su nombre (como un autónomo), las deudas del bar (obligaciones) serán también las de Juan. En ese caso, si el bar cierra, el banco podría pedir la devolución de la deuda a Juan.
- La empresa y persona NO son lo mismo. La empresa tendrá sus propios derechos y obligaciones diferentes a las personas físicas que la integran.
- Si Juan y Ana montan un bar con personalidad jurídica, en caso de que el bar cierre y tenga deudas con el banco, este no podrá pedir la devolución a Juan y Ana.
2. Número mínimo de socios
Puede ser 1, 2, 3…
3. Capital mínimo inicial
Puede ser 0, 3.000 ó 60.000 €.
4. Responsabilidad de los socios ante deudas
- Si la responsabilidad es limitada solo respondes con el capital que has aportado a la empresa.
- Si la responsabilidad es ilimitada respondes con el capital que has aportado y con todo tu patrimonio presente y futuro.
Imagina que has aportado 150.000€ para montar un negocio. El negocio empieza a ir mal, tienes una deuda de 200.000€ y tienes que cerrar. Si la responsabilidad es limitada respondes únicamente con los 150.000€ que aportaste mientras que si la responsabilidad es ilimitada responde con los 150.000€ y con todo tu patrimonio presente y futuro.
5. Venta de una parte de la empresa
La venta puede ser libre (a cualquiera) o restringida (requiere consentimiento de los otros socios).
6. Impuestos
La empresa puede pagar por el Impuesto de sociedades o el IRPF.
7. Constitución
Los trámites, la organización y el coste varían según la forma jurídica.
B. Características de las principales formas jurídicas
1. AUTÓNOMOS
- Persona física que realiza una actividad empresarial por cuenta propia; controla y dirige la empresa.
- No exige capital mínimo.
- Responsabilidad ilimitada: responde con su patrimonio presente y futuro ante deudas. Si el autónomo está casado en régimen de gananciales, el patrimonio del cónyuge puede verse perjudicado por su actividad empresarial.
- 1 socio.
- Paga el IRPF (si los beneficios son bajos se paga menos impuestos).
- Adecuada para negocios pequeños, baja inversión inicial y beneficios bajos.
- Trámites más sencillos y baratos. Es la manera más rápida, sencilla y económica de dar de alta un negocio.
- El 1 de enero de 2019 había 3.254.663 personas dadas de alta como autónomos. Cada vez más trabajadores por cuenta propia logran consolidar sus negocios. Dos de cada tres, llevan con la misma actividad empresarial más de tres años, el 66,2% del total. Uno de cada dos autónomos, el 54,1%, lleva más de 5 años frente a su negocio.
2. SOCIEDAD LIMITADA (SL)
- Personalidad jurídica. Sociedad mercantil y capitalista.
- Capital inicial mínimo es de 3.000€ y está dividido en participaciones.
- Responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
- Número mínimo de socios es 1.
- Paga el Impuesto de sociedades (25% beneficios).
- Transmisión (venta) de las participaciones está restringida: requiere consentimiento.
- Adecuada para empresas pequeñas y familiares.
- Trámites más complejos que autónomos.
3. SOCIEDAD ANÓNIMA (SA)
- Personalidad jurídica. Sociedad mercantil y capitalista.
- Capital inicial mínimo es de 60.000€ y está dividido en acciones. Desembolso del 25% (15.000€) como mínimo.
- Responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
- Número mínimo de socios es 1.
- Paga el Impuesto de sociedades (25% beneficios).
- Transmisión (venta) de las acciones es libre.
- Adecuada para grandes empresas.
- Trámites y organización muy compleja.
4. SOCIEDAD LABORAL (SAL/SLL)
- Es una Sociedad Anónima (SAL) o Sociedad Limitada (SLL) en la que la mayoría del capital (+51%) es propiedad de los trabajadores (mínimo 3). Los trabajadores compran su empresa para salvarla de la quiebra y mantener el empleo.
5. SOCIEDAD COOPERATIVA (S. Coop.)
- Asociación para hacer frente a unas necesidades económicas a través de una empresa de propiedad conjunta. Los socios aúnan sus fuerzas para lograr sus objetivos.
- Pueden ser cooperativas agrícolas, pesca, enseñanza, vivienda, consumo, etc.
Fuente
Apuntes propios
www.econosublime.com
Apuntes propios
www.econosublime.com